El detective

Ser Detective

Para ser detective privado se deben cursar estudios universitarios en centros autorizados por la Unidad Central de Seguridad Privada, habilitada en el Ministerio del Interior, a los que se accede con el título de Bachiller, de Técnico Superior u otros estudios equivalentes. Consta de tres años lectivos de nueve meses de duración, tras los cuales se consigue EL DIPLOMA DE DETECTIVE PRIVADO.

Desafío

Para obtener la “Licencia Oficial de Detective Privado” (TIP) aparte de haber superado los cursos, es preciso cumplir otros requisitos como ser mayor de edad; tener nacionalidad de alguno de los Estados miembro de la Unión Europea o de un estado del Espacio Económico Europeo; tener las aptitudes físicas y la capacidad psíquica necesaria para ejercer las funciones de detective privado; no tener antecedentes penales y no haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de la protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y la propia imagen y de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud, no haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave en materia de seguridad y no haber sido tampoco separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, entre otros. 

Marco legal

Explique a los posibles clientes por qué deberían invertir en este producto. Describa sus beneficios, las ventajas que tiene sobre otros productos similares y sus características exclusivas. Asegúrese de que los posibles clientes sientan confianza a la hora de invertir su dinero en este producto. ¿Dura para toda la vida? ¿Es más saludable que otros productos? ¿O tal vez es exclusivo y está hecho a mano? No sea tímido y presuma ampliamente de su producto.

Ley de Seguridad Privada 5/2014, de 4 de abril y Reglamento de seguridad privada (R.D. 2364/1994)

Donde se establecen las funciones de los detectives privados

  • obtener y aportar información y pruebas conductas o hechos privados.
  • la investigación de delitos perseguibles solo a instancia de parte por encargo de los legitimados en el proceso penal.
  • la vigilancia en ferias, hoteles, exposiciones o ámbitos análogos.

Se considerarán conductas o hechos privados los que afecten al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.Nuevo párrafo

Artículo 48. Servicios de investigación privada

Los servicios de investigación privada, a cargo de detectives privados, consistirán en la realización de las averiguaciones que resulten necesarias para la obtención y aportación, por cuenta de terceros legitimados, de información y pruebas sobre conductas o hechos privados relacionados con los siguientes aspectos: 



  1. Los relativos al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.
  2. La obtención de información tendente a garantizar el normal desarrollo de las actividades que tengan lugar en ferias, hoteles, exposiciones, espectáculos, certámenes, convenciones, grandes superficies comerciales, locales públicos de gran concurrencia o ámbitos análogos.
  3. La realización de averiguaciones y la obtención de información y pruebas relativas a delitos sólo perseguibles a instancia de parte por encargo de los sujetos legitimados en el proceso penal.
  4. La aceptación del encargo de estos servicios por los despachos de detectives privados requerirá, en todo caso, la acreditación, por el solicitante de los mismos, del interés legítimo alegado, de lo que se dejará constancia en el expediente de contratación e investigación que se abra.
  5. En ningún caso se podrá investigar la vida íntima de las personas que transcurra en sus domicilios u otros lugares reservados, ni podrán utilizarse en este tipo de servicios medios personales, materiales o técnicos de tal forma que atenten contra el derecho al honor, a la intimidad personal o familiar o a la propia imagen o al secreto de las comunicaciones o a la protección de datos.
  6. En todo caso, los despachos de detectives y los detectives privados encargados de las investigaciones velarán por los derechos de sus clientes con respeto a los de los sujetos investigados.
  7. Los servicios de investigación privada se ejecutarán con respeto a los principios de razonabilidad, necesidad, idoneidad y proporcionalidad.

Se considerarán conductas o hechos privados los que afecten al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.



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